El tribunal constitucional dominicano y los procesos constitucionales / Hermogenes Acosta de Los Santos
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TextoDetalles de publicación: Santo Domingo, República Dominicana ; IUDEX 2023Descripción: 291 paginas : 23cmTema(s): Clasificación CDD: - RD 342.7293A185E
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Incluye referencia bibliográfica e índice.
En el período comprendido entre la última década del siglo
pasado y lo que va del presente, el ordenamiento jurídico de la
República Dominicana ha experimentado cambios relevantes,
particularmente, en el ámbito de la justicia constitucional.
La evidencia de dichos cambios lo constituyen la reforma
constitucional de 1994 y la revisión constitucional del año 2010.
Con la reforma constitucional del año 94 se reincorpora
el control concentrado de constitucionalidad, modelo que
estuvo vigente durante el período 1924-1927, por lo cual, el
sistema de justicia constitucional se transformó en mixto,
ya que este control coexiste con el modelo difuso de control
de constitucionalidad, características que se mantiene hasta
el día de hoy. No menos relevante para el sistema fue la
revisión constitucional de 2010, pues mediante ella se creó el
Tribunal Constitucional y se produjeron cambios importantes,
vinculados, fundamentalmente, a la legitimación para accionar
en inconstitucionalidad, al objeto y a las modalidades de
inconstitucionalidad.
En el ámbito legislativo se promulgaron leyes fundamentales para la justicia constitucional dominicana, me refiero a la
Ley No. 437-06 y a la Ley No. 137-11. La Ley No. 437-06 fue
HERMÓGENES ACOSTA DE LOS SANTOS
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la primera normativa adjetiva que reguló el procedimiento de
amparo, ya que anteriormente este proceso constitucional estuvo regido por una Resolución dictada por la Suprema Corte de
Justicia, en el año 1999. La segunda ley tiene un alcance mayor,
en la medida que se refiere a la estructura y organización del Tribunal Constitucional y a los procedimientos constitucionales,
de manera que, con mínimos ajustes, esta puede ser convertida
en un verdadero Código Procesal Constitucional.
Mediante las reformas constitucionales y legales referidas,
nuestro país ha sido dotado de los órganos y los procesos constitucionales necesarios para garantizar la supremacía constitucional, los derechos fundamentales y el orden constitucional. No se
trata, sin embargo, de un sistema perfecto, pues como veremos
en el desarrollo de este trabajo el mismo adolece de falencias
relacionadas, principalmente, con la estructura y organización
del Tribunal Constitucional. Igualmente, se advierten imprevisiones. Algunos de los defectos que acusa el sistema de justicia
constitucional dominicano solo puede resolverse mediante reformas legales y, en algunos casos se requiere, incluso, de una
reforma constitucional. Mientras que los demás defectos pueden
resolverse por la vía pretoriana, como, precisamente, lo ha venido haciendo el Tribunal Constitucional, tal y como se advierte
del contenido de las sentencias que se analizan en esta investigación.
Este libro consta de dos partes y siete capítulos. La primera
parte, integrada por dos capítulos, se dedica al Tribunal Constitucional y, en particular, al análisis de su estatuto jurídico, así
como al estatuto jurídico de los jueces. En cambio, en la segunda parte, integrada por cinco capítulos, se estudian los procesos
constitucionales previstos en nuestro sistema: la acción en inconstitucionalidad, el control preventivo de constitucionalidad
de los tratados internacionales, el conflicto de competencia, el
recurso de revisión constitucional de la sentencia de amparo y el
recurso constitucional de las decisiones jurisdiccionales.
Para analizar estos temas estudiamos los textos constitucionales y legales pertinentes en cada caso. Igualmente, se estudia la jurisprudencia y la doctrina nacional y extranjera, procurando destacar los aciertos y poniendo en evidencia los defectos de orden normativos e interpretativos, en aras de contribuir a la
consolidación de un sistema de justicia constitucional que permita garantizar eficientemente la supremacía constitucional, los derechos fundamentales y el orden constitucional.
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